¿Cómo se entera el banco del fallecimiento de un titular?
Más allá de situaciones personales, el fallecimiento de un ser querido conlleva asumir diversas diligencias burocráticas, siendo una de ellas con la entidad bancaria, donde el familiar tenía cualquier tipo de documentos, cuentas u obligaciones de los que ahora son beneficiarios.
Haciendo que los beneficiarios o herederos se pregunten, ¿cómo se entera el banco del fallecimiento del titular?
Para ayudarte a resolver esta situación, encuentra aquí las respuestas a esta pregunta y evita trámites tanto laboriosos como pesados.
¿Qué hacemos con el banco tras el fallecimiento de mi familiar?
No existe algún sistema que utilicen las entidades bancarias para enterarse del fallecimiento de alguno de sus clientes.
Una vez que ocurre este hecho, lo habitual es que sean los herederos quienes comunican lo que ha sucedido a la entidad bancaria, dando paso para iniciar las gestiones para recuperar el dinero.
Luego de ser notificado del fallecimiento, el banco tiene la obligación de custodiar los haberes en cuenta hasta que ocurra el reclamo formal de esos fondos.
Para ello los familiares, tendrán que ocuparse de algunos trámites que les permitirán hacer el respectivo reclamo de los montos existentes en los haberes bancarios del fallecido, debiendo presentar documentos que soporten o avalen el derecho que están invocando asumir, tales como:
- Acta de defunción en original.
- Documento de identidad en original, del o los solicitantes y la copia del testamento.
- Registro de actos de última voluntad del fallecido.
- Copia certificada del último testamento.
- Copia jurada de herederos, de no existir testamento.
- Acreditar el pago de impuestos sobre sucesiones, de no proceder presentar documento que soporte la exención del pago.
En caso de que el fallecido no haya dejado voluntad testamentaria, habrá que presentar un auto judicial o notarial donde se declare la existencia de herederos abintestato.
Durante el período que los herederos acuden a gestionar el retiro de los fondos y el banco comprueba la documentación presentada, la cuenta será bloqueada, especialmente para evitar retiros de dinero sin que se hayan pagado los correspondientes impuestos sucesorales, ante la existencia de más de un titular o de existir algún conflicto.
¿Qué pasa si desconozco el montante de la cuenta bancaria?
Es un caso frecuente que los herederos desconozcan el montante de la cuenta bancaria por no tener acceso a los saldos de la misma o desconocer en qué banco se encuentran.
Para solucionar este inconveniente, la única vía para conocer esta información, es solicitando mediante la intervención del juez de la sucesión, un informe al Banco Central de la República Argentina para que nos haga entrega de los datos de la o las cuentas bancarias que tenía el fallecido a su nombre, así como las entidades bancarias donde están depositados.
Iniciar el proceso sucesorio
En existencia o no de testamento, para acceder a los fondos bancarios que dejó la persona fallecida, obligatoriamente se debe iniciar el proceso sucesorio, mediante el cual se deja evidencia del fallecimiento del titular de la cuenta bancaria, así como del vínculo que da origen al derecho de la reclamación, haciendo petición formal de ser reconocido como heredero.
Mientras se tramita este proceso, se debe solicitar el juzgado que lleva el proceso sucesorio, la apertura de una cuenta bancaria judicial, donde serán remitidos todos los fondos que tenía el causante en determinada entidad financiera.
Una vez que se declare quienes tienen el derecho de suceder a la persona fallecida, pagadas las tasas, contribuciones y costas procesales, el juez de la causa, dispondrá sobre la distribución de los fondos entre los herederos reconocidos como tales.
¿Cometo delito al retirar por mi cuenta dinero de la cuenta bancaria de un familiar fallecido?
Cuando el titular de una cuenta bancaria fallece, aunque seas persona autorizada para movilizar la cuenta, automáticamente se pierde esa condición.
De esta manera, los herederos deberán esperar que se realicen todos los trámites vinculados con la herencia para disponer de los fondos.
Si decides retirar dinero de la cuenta bancaria de un fallecido, automáticamente estarás:
- Incurriendo en un delito penado, que dependerá en su aplicación de distintos factores, como por ejemplo el monto sustraído.
- Podrías ser sujeto de demandas por parte de los otros beneficiarios.
- No haberse realizado el pago correspondiente al impuesto sucesoral, será motivo de sanción por el incumplimiento del deber formal.
Este es un tema muy delicado, por tanto, lo mejor es abstenerse, tener paciencia y seguir el procedimiento legal pertinente.
¿Por qué tengo que notificar al banco el fallecimiento del titular de la cuenta?
Una vez que ocurre este evento, lo primero que deben hacer los herederos es enterar al banco del fallecimiento del titular, consignando la documentación donde te identificas como heredero.
Así, el banco procederá automáticamente a bloquear el acceso a la cuenta, evitando la ocurrencia de posibles fraudes, que terceras personas hagan retiros sobre los saldos disponibles y se carguen pagos y cobros indebidos.